La Revisión Técnica Vehicular (RTV) es una inspección de carácter obligatorio que se le realiza a todos los automóviles registrados en suelo argentino que tengan 2 (dos) o más años de antigüedad. Ello integra vehículos de uso particular así como también taxis y remises, camionetas, furgones utilitarios, camiones, jeeps, etc.
Consiste en un análisis completo de las partes más importante que componen el vehículo y que hacen a su correcto funcionamiento. Su objetivo elemental es disminuir los accidentes de tránsito por fallas mecánicas en los vehículos, mejorando así las condiciones generales de seguridad, y por ende la calidad de vida de toda la comunidad.
La Revisión Técnica Vehicular es un servicio brindado por los talleres de CATARET de todo el país, y está considerado como una herramienta imprescindible en materia de seguridad vial. La misma fue creada en el año 1994 a través de la Ley Nacional de Tránsito 24.449.
Consiste en un análisis completo y minucioso de las partes más importantes que componen el vehículo y que hacen a su correcto funcionamiento. Entre ellas, se puede citar los frenos, sistema de suspensión, neumáticos y llantas y elementos de seguridad, por sólo citar algunas (ver apartado “Que revisamos del automotor” en la sección “Trámite”).
El certificado de RTV que se otorga junto con su correspondiente oblea en los talleres afiliados a CATARET sirve para circular por todo el Territorio Argentino (Provincia de Buenos Aires, Capital Federal y el resto de las provincias).
Todos los vehículos radicados en la provincia de Buenos Aires, deben realizar la Verificación Técnica de Vehículos teniendo en cuenta el tipo y uso.
¿Qué se controla en la VTV de la provincia de Buenos Aires?
Resultados posibles luego de la revisión y finalización del trámite
Nuestra actividad está avalada por las siguientes normativas
Ley nacional de tránsito y seguridad vial
La Ley Nacional de Transito 24.449 es la que fundamenta la RTO, la misma establece en el art. 34 que: “Todos los vehículos automotores, destinados a circular por la vía publica están sujetos a la revisión técnica periódica…”. Dicha Ley respeta la Autonomía Municipal, reconocida Constitucionalmente, otorgándoles a estos la autoridad en la materia, delegándoles la implementación del Sistema de Revisión Tecina para vehículos de uso particular y de cargas y pasajeros que se desplazan de manera intrajurisdiccional.
Agencia Nacional de Seguridad Vial
Por otra parte, en el año 2008 se sanciona la Ley 26.363 de Seguridad Vial que modifica en parte la Ley Nacional de Transito 24.449, la cual fue reglamentada por el Decreto 1716/08 y establece en el Anexo I art.39 que la Autoridad Jurisdiccional debe: a) Implementar el sistema (Dec.1716/08, Anexo I, Art. 39 Inc. 13) b) Determinar cuántas plantas RTO deben funcionar en su jurisdicción. (Dec. 1716/08, Anexo I, Art.39 Inc.14). c) Establecer la periodicidad de las inspecciones (Dec. 1716/08, Anexo I, Art.39 Inc.2). D) Habilitar las obleas y certificados (Dec. 1716/08,Anexo I,Art.39 Inc. 19). E) Controlar el funcionamiento del sistema (Dec. 1716/08,Anexo I,Art.39 Inc.).
ART. 2 (Competencia y autoridades)
Por ultimo el Art. 2 de la Ley de Transito expresa: “…COMPETENCIA. Son autoridades de aplicación y comprobación de las normas contenidas en esta ley los organismos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que determinen las respectivas jurisdicciones que adhieran a esta…”
Primera Presentación:
¿QUÉ ES LA REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR?
La Revisión Técnica Vehicular es una inspección obligatoria que se le realiza a todos los automóviles registrados en suelo argentino que tengan más de 2 (dos) años de antigüedad. Consiste en un análisis completo de las partes más importante que componen el vehículo y que hacen a su correcto funcionamiento. Su objetivo elemental es disminuir los accidentes de tránsito por fallas mecánicas en los vehículos, mejorando así las condiciones generales de seguridad, y por ende la calidad de vida de la comunidad .